viernes, 30 de septiembre de 2016

CAPITULO VIII

HECHOS SUCEDIDOS EN EL DISTRITO DE ANGUÍA QUE ESTREMECIERON A ESTA POBLACIÓN

En el Distrito de Anguía, así como en cualquier lugar del Perú y del mundo también han sucedido hechos que bañaron de Sangre e iniquidad y desesperación a este progresista Distrito

DOBLE HOMICIDIO EN LA CAPITAL DEL DISTRITO DE ANGUIA
Hechos: Al finalizar la tercera década del siglo pasado, cuando en Anguía se disputaba la administración del dinero y demás bienes de la Vírgen de los Dolores patrona del Distrito, se había formado dos grupos antagónicos: el grupo de los Sánchez Lozano y el grupo de los Olano.
En el grupo de los Sánchez Lozano estuvieron Juan Meoño Saldaña y su compadre Valerio Montenegro, es así que cuando se celebraba fiestas patrias a fines de la tercera década del siglo pasado en la ciudad de Anguía, el día 27 de Julio por la noche cuando se encontraban reunidos los padres de familia y otras personas más en casa de la Maestra y Directora de la Escuela del pueblo, María Alcira Sánchez Lozano irrumpieron un grupo de personas enviados por los Olano protagonizando actos vandálicos, saliendo a detener el ataque Juan Meoño Saldaña y su compadre Valerio Montenegro, haciendo retroceder a la turba, al siguiente día o sea el 28 de Julio a eso de las once de la mañana nuevamente se presentaron en casa de la Directora el grupo de atacantes por parte de los Olano, salió a detener el ataque Juan Meoño, mientras su compadre Valerio había sido encerrado en un cuarto con llave para evitar peores consecuencias, Juan Meoño Saldaña al tratar de detener el ataque recibió un machetazo en la cabeza, al ser atacado nuevamente con otro machetazo rápidamente cogió del brazo a su atacante haciendo soltar el machete, quien al verse sin el arma emprendió veloz huída, siendo perseguido por Meoño, atravesó la plaza de armas el perseguido quien entró en un ambiente de la casa de su protector Javier Olano cuya casa queda frente al parque este perseguido en su desesperación se introdujo debajo de una cama, siendo alcanzado por Meoño quien con su puñal le introdujo varias veces en el cuerpo, al ver este acto la señora Telésfora, esposa de Javier Olano con una callua de tejer lo golpeó en la cabeza a Meoño quien ensañado con el perseguido y en defensa dirigió su puñal hacía atrás introduciendo en el vientre de su nueva atacante muriendo instantáneamente las dos personas, el hijo de Telésfora llamado Arnaldo Olano descargó un tiro de escopeta al homicida y corrió, fue perseguido por Meoño, no se sabe si fue accidental o Meoño le alcanzó con su puñal, lo cierto es que Arnaldo en esas circunstancias perdió un ojo, cansado y escuálido Meoño por la pérdida de abundante sangre fue enlazado con una soga y arrastrado por el parque donde Amelia Olano le arrojó una enorme piedra en el cuerpo del moribundo tratando de acabar con el homicida, siguieron arrastrándolo hasta la parte baja del pueblo y cuando lo creyeron muerto lo tiraron a la quebrada su hermano de madre Cristóbal Chávez Saldaña se acercó a su hermano para recogerlo, se sorprendió al verlo con vida y cubierto por la oscuridad de la noche se retiraron a casa de su madre Maximiana Saldaña quien dio gracias a la Vírgen de Los Dolores por ver a su hijo con vida.
Teniendo conocimiento de este hecho sucedido en Anguía, la Policía y el juez Instructor de la provincia de Chota llegaron a este pueblo, primeramente trasladaron al homicida a la ciudad de Tacabamba para que se le brinde los primeros auxilios y luego fue trasladado a la provincia de Chota para la respectiva investigación de los hechos y su posterior enjuiciamiento, después del debido proceso fue sentenciado a quince años de pena privativa de la libertad por el delito de: Homicidio simple de acuerdo al antiguo Código Penal que estuvo vigente en esa época a pesar que Meoño actuó en defensa propia, fue enviado a cumplir la sentencia condenatoria en la cárcel pública de Cajamarca, cuando se encontraba cumpliendo su condena, un guardia que custodiaba dicha cárcel le hacía la vida imposible dentro de la cárcel, hasta que cierto día no pudiendo soportar la humillación por este mal guardia, Meoño se vio obligado a defenderse, el guardia intentó dispararle con su arma, entonces Meoño se abalanzó contra su atacante y en el forcejeo el arma disparó impactando en el cuerpo del abusivo guardia murió después de una triste agonía a consecuencia de este hecho Meoño fue considerado como un delincuente de alta peligrosidad  por lo que fue trasladado a cumplir esta nueva condena por 30 años en el Frontón en las Islas de San Lorenzo en Lima, después de diez años de estar cumpliendo su condena, Manuel Prado Ugarteche presidente de la República había dispuesto que se realice un sorteo entre los presos que ya estaban sentenciados para que sean indultados, saliendo beneficiado el Anguiano Meoño habiendo obtenido este beneficio y ya en libertad de inmediato decidió viajar a su tierra natal de Anguía encontrando todavía viva a su madre Maximiana Saldaña, pasando junto a ella algunos años, después de haberle acompañado a su madre en Anguía, decide viajar a Camporredondo en el Amazonas donde fija su nuevo domicilio y es aquí donde pasa los últimos días de su vida, muere en 1984, dejando tristes a muchas personas que en vida lo admiraron.

CRIMEN PASIONAL EN LA CAMPIÑA DE CHAMBE DEL DISTRITO DE ANGUÍA
A mediados de la quinta década del siglo pasado se produjo el horrendo crimen protagonizado por Higinio Heredia contra Rosario Rojas.
Hechos: Rosario Rojas mantenía relaciones amorosas con la esposa de Higinio Heredia quien desconocía tales amoríos. Cierto día Higinio Heredia se retira de su casa por motivos de trabajo, su casa estaba ubicada en la campiña de Chambe, donde se había quedado su esposa y sus hijos, al regresar en la noche a su hogar encontró a Rosario Rojas dentro de su casa con su esposa, Higinio Heredia no soportó tremenda afrenta y desenfundando su machete le propició  varios machetazos en distintas partes del cuerpo, Rosario Rojas todavía tuvo fuerza para llegar hasta la casa de su madre cercana al lugar de los hechos, al querer entrar se desplomó muriendo posteriormente , Higinio Heredia después del Hecho sucedido se presentó ante el Gobernador del Distrito quedando detenido hasta que llegara la Guardia Civil del puesto de Tacabamba para trasladarlo ante el Juez Instructor de la provincia de Chota, para el debido juzgamiento siendo sentenciado a cumplir una condena de tres años de pena privativa de libertad efectiva por el Delito de Homicidio, en la modalidad de Emoción Violenta, de acuerdo al Código Penal que estaba en vigencia en esa época. La mujer causante de los hechos también fue sentenciado a cumplir pena privativa de libertad efectiva.

HOMICIDIO EN LA CAMPIÑA DE COTOSACHA DEL DISTRITO DE ANGUÍA
Hechos: A comienzos de la quinta década del siglo pasado en el lugar llamado Cotosacha cerca de la ciudad de Anguía aparece muerta una señora llamada Nieves, autores del homicidio resultaron ser una persona de apellido Pérez no era de Anguía en complicidad con la sobrina de la víctima, los asesinos pensando desvirtuar el hecho habían dejado junto a la muerta un depósito con harina de cebada inclusive le habían introducido un poco de harina en la boca de la muerta pensando de esta manera ocultar el delito cometido, pero de acuerdo a los indicios recogidos se esclareció el crimen , todo este hecho se había cometido por robarle  sus pequeñas pertenencias a la víctima.
Los autores del hecho fueron sentenciados por el delito de Homicidio Calificado a quince años de pena privativa de la libertad cada uno.

VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN AGUÍA
Hechos: Sucede en el hogar de Asunción Guevara Uriarte y Cleotilde Díaz Altamirano, estos esposos vivían en la campiña del Aliso  del Distrito de Anguía, pero también tenían un terreno y una casa en el lugar que ellos le llamaban el temple donde Asunción tratado por la gente como Ashuco se dedicaba a la agricultura sembrando maíz y otros productos de pan llevar y algunos árboles frutales, estos esposos tuvieron varios hijos entre varones y mujeres.
Cuando la chacra de maíz en el temple iba madurando los loros comían los choclos por lo que tenían que ir a cuidar la chacra, Ashuco iba a cuidar la chacra acompañado siempre de una de sus hijas, que ya eran señoritas no permitiendo que vaya su esposa Cleotilde, eso hacía con más de una de sus hijas y cuando Cleotilde iba a verles en el temple Ashuco de inmediato lo hacía regresar a la casa del Aliso quedándose en el temple hija y padre por lo que la gente comentaba que este mal padre aprovechaba estas circunstancias para mantener relaciones sexuales con la hija que la acompañaba, esta misma modalidad habría practicado con otras de sus hijas, la gente le decía a Cleotilde que no permita que Ashuco lleve a sus hijas al temple porque ahí les hace sus mujeres, la señora no creía de estos comentarios y pasaba como una simple especulación, hasta que llegó el momento que Ashuco decidió llevar a cuidar los loros a otra de sus hijas quien era menor de edad, los vecinos indignados exigieron a Cleotilde que la siga al temple y les caiga de sorpresa, así lo hizo y pudo constatar personalmente los hechos donde su hija le comentó todo lo sucedido, de inmediato la esposa y su hija se dirigieron a la capital del Distrito, al llegar a la ciudad lo primero que hicieron fue comentarlo todo lo sucedido a un Profesor de la Escuela Prevocacional de Varones N°60 del pueblo a quien le contaron los hechos, el Profesor le sugerió en vista de que los hechos eran graves que tenían  que denunciar ante el puesto de la Guardia Civil del lugar, se presentaron ante el Comisario quien les envió al vecino Distrito de Tacabamba ante la Policía de Investigaciones PIP de esa época que era quien tenía a su cargo esta clase de denuncias, con la denuncia y el certificado médico practicado a la menor el cual arrojaba desfloración de hímen reciente se ordenó la captura de Ashuco en el temple donde sucedió los hechos, para la respectiva captura viajaron dos efectivos de la PIP al mando del técnico PIP Pecheira comentaba el efectivo que al momento de la captura Ashuco se encontraba semi desnudo y así tuvieron que esposarlo y enrumbar a la ciudad de Anguía que en el camino les alcanzó una de sus hijas y les pidió que le permitan para que su padre se cambie de ropa a cuyo pedido accedieron los policías, además Ashuco les pidió a los custodios que no lo vayan a castigar porque él les iba a contar todo como habían sucedido los hechos, habiendo llegado al pueblo el denunciado pasó esa noche en el calabozo del Puesto de la Guardia Civil de Anguía al siguiente día fue conducido a la ciudad de Tacabamba y luego a la Provincia de Chota para su debido juzgamiento, siendo procesado por el Delito de violación de la libertad sexual, en la modalidad de seducción, fue sentenciado a cumplir una condena de cinco años de pena privativa de libertad, primero en la cárcel de la Provincia de Chota y de aquí fue trasladado a la cárcel pública de Chiclayo cuando todavía se encontraba esta cárcel en la misma ciudad de Chiclayo, cumplida su sentencia Ashuco salió en libertad, regresó a su tierra natal, viviendo un buen tiempo en su terreno y casa del temple.
Tuve la oportunidad de encontrarlo después que recobró su libertad llevando leña para venderlo en la ciudad de Sócota cargado a la espalda, donde llevaba para sostener la carga una especie de enjalme sostenido hacia adelante y hacia la frente con unas correas anchas tejidas a base de Cabuya.
Ashuco fue sentenciado a cumplir pena privativa de libertad por el delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de seducción, de acuerdo al código penal que estuvo vigente en esa época ya que nuestro ordenamiento jurídico no contempla el Incesto.
INCESTO: Es la relación sexual entre parientes cercanos consanguíneos (por ejemplo entre hermanos, primos o padres e hijos ) a quien la ley prohíbe contraer matrimonio.

CRIMEN COMETIDO EN LA CAMPIÑA DEL ALISO DE ANGUÍA
Hechos: En la campiña del Aliso del Distrito de Anguía, José Malca Nuñez Delgado contrae matrimonio con Ana Jesús Tafur Medina, al comienzo la vida de hogar se llevó aparentemente en armonía, años después comenzó a deteriorarse, teniendo la señora Ana Jesús Tafur Medina que dejar el hogar y retirarse a la ciudad de Lima por los malos tratos que recibía por parte de su esposo, al encontrarse solo José Malca Nuñez, viaja a la ciudad de Lima y convence a su esposa y regresan a su casa en el Aliso – Anguía, donde nuevamente decidieron hacer vida en común , durante ese tiempo que estuvieron juntos las relaciones de hogar no marcharon muy bien, José Malca maltrataba tanto psicológica como físicamente a su esposa Ana Jesús Tafur y es así que la noche anterior a los hechos tuvieron una discusión acalorada porque la occisa le hizo reclamos por celos, optando el acusado por retirarse al cuarto de su hijo Juan y la agraviada al cuarto de su hija Lucelli donde pasaron la noche, al día siguiente o sea el Dos de Noviembre del año Dos mil tres , la agraviada hizo el almuerzo y se preparaba para llevar  las ofrendas al cementerio para ofrecer a las almas de sus difuntos padres y mientras el acusado se encontraba haciendo un trabajo en su vivienda y después de haber enviado a sus menores hijos a recoger leña lejos de la casa, encontrándose su esposa en la cocina insultó con frases de alto calibre, él se dirigió a la cocina, la agraviada se abalanzó sobre el acusado intentando arañarlo en el rostro  por lo que forcejearon y la víctima cae al suelo golpeándose la cabeza contundentemente causándole la muerte , asustado por estos acontecimientos el acusado optó por armar una coartada, con el fin de hacer creer que su esposa se había suicidado ahorcándose , procediendo a cerrar la vivienda con candado y dirigiéndose a casa de su hija María Nuñez a quién le cuenta que su esposa se había suicidado, acudiendo a informar del hecho al Presidente de Ronda del Aliso: Leocadio Saldaña Oblitas, quién al constatar el hecho dio cuenta a la Delegación Policial de la Capital del Distrito de Anguía, luego al ser llamado a la Delegación Policial a declarar entro en serias contradicciones y optó finalmente por confesar la verdad de los hechos , narrando posteriormente la forma y circunstancias de la muerte de su esposa, el acusado se declaró culpable de los hechos investigados, señalando que se encontraba arrepentido.
La muerte se produjo por traumatismo encéfalo craneano severo y ahorcamiento, José Malca Nuñez Delgado después del debido Proceso fue sentenciado a diez años de pena privativa de libertad por el DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD  en la modalidad de PARRICIDIO de acuerdo al  artículo 107 del código penal que nos rige  y al pago de Quince mil nuevos soles de Reparación Civil, que deberá pagar el acusado a favor de quienes resulten sus herederos legales de la víctima.
El sentenciado fue enviado a cumplir esta condena en la Cárcel Pública de la Provincia de Chota.
José Malca Nuñez Delgado habiendo cumplido con la tercera parte de su condena y demás requisitos que la ley exige, solicitó su semilibertad, se le concedió dicho beneficio y obtuvo su libertad  en el mes de Marzo del dos mil seis.
El Articulo 107 del Código Penal dice el que a sabiendas mata a su ascendiente natural o adoptivo o su cónyuge o concubina será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años.
La aplicación de la pena queda al criterio de conciencia del juzgador.
Dentro del Delito de Parricidio, las legislaciones de algunos países hacen mención al Uxoricidio.
UXORICIDIO.- Es cuando el esposo da muerte a su esposa como en el presente caso, pero Malca fue juzgado por parricidio de acuerdo al artículo 107 del código Penal, porque nuestro ordenamiento legal no hace mención al UXORICIDIO.


                           VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL.
Hechos. Sucedió en la campiña de la Palma – Tacabamba, el mes de Abril del Dos mil séis, cuando el menor de las iniciales J M A T de catorce años de edad al encontrar sola e indefensa a la menor de las iniciale4s M B H  abusa sexualmente de ella, sucedido el hecho el menor pretendió ocultar su delito sumergiendo a la menor en un pozo lleno de agua presuntamente para que se ahogue pero dicha menor pudo salir a tiempo del agua dirigiéndose a su casa donde les comento lo sucedido a sus padres quienes de inmediato se dirigieron  ante la autoridad Policial a denunciar el  hecho el mismo que dentro del término de ley fue elevado  ante el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Provincia de Chota, donde se le siguió el Proceso Penal al menor por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL en su figura de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR.
-Con la declaración del menor denunciado y
-El  Certificado del reconocimiento Médico legal que arrojaba. Desgarro reciente de Himen y Desgarro leve de ángulo posterior de vulva.
El Juez mediante el DEBIDO PROCESO y con las pruebas actuadas declaró la responsabilidad del menor de las iniciales J M A T, imponiéndole una pena privativa de la libertad por el plazo de DOS AÑOS Y SEÍS MESES, desde el 12 de Abril del Dos mil séis hasta el 12 de Octubre del Dos mil ocho, la misma que sería cumplida en el Centro de Diagnóstico Juvenil José Quiñones de Pimentel – Chiclayo.,
La Sentencia fue apelada ante la Sala Penal Descentralizada, siendo revocada la misma  en el extremo que condena al menor J M A T  a  Dos años y séis meses y reformándola le impusieron pena privativa de la libertad por Dos años y al pago de una Reparación Civil de Dos mil Nuevos Soles.
Cumpliendo dicha condena en el Centro de Diagnóstico Juvenil José Quiñones de Pimentel – Chiclayo Región de Lambayeque.

Al haber  cumplido con la pena impuesta por la Sala Penal Descentralizada  obtuvo su libertad regresando de inmediato a la casa de sus padres.

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